seguro de decesos

¿Qué cubre un seguro de decesos?

¿Qué cubre un seguro de decesos?

El fallecimiento de una persona es un hecho que además de la carga emotiva que tiene lleva aparejado también una carga económica. Además, el fallecimiento lleva implícito un conjunto de trámites y procesos legales para llevar a cabo la inhumación -por enterramiento o incineración- de la persona fallecida que, en general, son complejos, molestos y costosos, mucho más en momentos como el indicado. Es en estas circunstancias cuando se aprecia lo que puede significar que mediante una simple llamada telefónica alguien lleve a cabo todas las gestiones, coordine los servicios necesarios y se haga cargo del coste de todo el proceso.
Este es el auténtico sentido de la cobertura del seguro de decesos que, en el contrato, queda descrita como garantía de prestación del servicio fúnebre contratado, al fallecimiento de cada uno de los asegurados que figuran en dicho contrato, cualquiera que sea la causa de la defunción.
Si la prestación del citado servicio no fuese posible, el asegurador se compromete a resarcir los gastos ocasionados como consecuencia de tal servicio, abonando el importe del valor contratado.
Un seguro de decesos tiene generalmente las siguientes coberturas:
  • La prestación de un servicio fúnebre o resarcimiento de gastos en caso de imposibilidad de prestación de dicho servicio.
  • Gastos de sepultura, derivados de la compra o alquiler de una sepultura o nicho, o de incineración.
  • Lápidas.
  • Otros gastos, como derechos parroquiales, registro, recordatorios, coronas, automóviles de acompañamiento, etc.
  • Además, y en función del asegurador de que se trate y de la póliza en concreto:
  • Indemnización única por fallecimiento o invalidez por accidente del asegurado.
  • Subsidio diario por hospitalización derivada de una intervención quirúrgica.
  • Servicio de ambulancia.
  • Traslado nacional en caso de fallecimiento fuera del domicilio donde reside habitualmente el asegurado fallecido.
  • Traslado a cementerio situado en localidad diferente del lugar de residencia habitual del asegurado.
  • Asistencia y traslado internacional, que incluye las garantías siguientes:
    • Traslado internacional
    • Acompañante en caso de traslado internacional.
    • Traslado en ambulancia.
    • Repatriación sanitaria.
    • Gastos médicos de urgencia.
 
Las coberturas de un seguro de decesos completo como el de Expertia Seguros tiene las siguientes coberturas:
  • Servicio fúnebre a todos los asegurados dentro del seguro de decesos, incluyendo el conjunto de elementos necesarios para efectuar el servicio del asegurado fallecido.
  • Traslado completo del asegurado fallecido. Con este seguro de decesos se garantizan las gestiones y gastos necesarios para el traslado del cadáver del asegurado desde el lugar de su fallecimiento en cualquier lugar del mundo, hasta el cementerio o planta incineradora dentro de territorio español.
  • Asistencia en viaje para los asegurados, garantizando la repatriación del cuerpo a España y el viaje de su acompañante para trasladarse al lugar del fallecimiento o volver a territorio español.
  • Asistencia Médica y Protección Familiar, con la finalidad de incluir un servicio telefónico de orientación y asistencia médica para la protección de la salud familiar, incluyendo:
    • Línea telefónica especializada para aclarar dudas en general, de carácter médico o sobre la salud. Asesoramiento u orientación médico-sanitaria para la prevención de enfermedades y disminución de riesgos sobre la salud, o en caso de enfermedades terminales y situaciones de proximidad al deceso.
    • Servicio telefónico de asesor nutricional, desarrollo de sus hijos, orientación social, orientación psicológica y búsqueda de centros sociales.
    • Servicios orientación y asistencia para la protección de la salud y veterinaria.
    • Servicios asistenciales y de orientación sobre medicina alternativa, medicina estética y cuidado personal.
 
  • Fallecimiento por accidente, con ocasión de la muerte del asegurado se obtendrá el 100% del capital asegurado según las condiciones acordadas.
  • Invalidez Permanente Absoluta por un accidente, referido a la situación física permanente e irreversible provocada por un accidente determinante de la total incapacidad del asegurado para el mantenimiento de cualquier relación laboral o para el desarrollo permanente de cualquier actividad profesional, situación ante la cual Expertia Seguros le abonará el capital asegurado indicado en las condiciones particulares.
  • Invalidez Permanente Parcial por un accidente, referido a la pérdida anatómica o la disminución funcional total o parcial de carácter permanente provocada por accidente, de cualquier órgano o miembro o de las facultades del asegurado cuya intensidad, y cuya recuperación no se estime previsible de acuerdo con el dictamen de los peritos. Será importante conocer el tipo de intensidad que afectaría al asegurado para poder conocer el porcentaje del capital asegurado que Expertia Seguros abonará a éste.
 
  • Asistencia para españoles residentes en el extranjero. Se aplica para los casos de españoles que no residan en España y cuyo fallecimiento ocurra fuera del territorio español, garantizando el cumplimiento de las gestiones y gastos del traslado del cuerpo a su localidad en España.
  • Traslados extranjeros residentes en España, para los casos en los que ocurra el fallecimiento de los asegurados. Con esta garantía del seguro de decesos de Expertia Familiar se procederá al traslado del asegurado al aeropuerto más cercano a su domicilio en el país de origen o de su lugar de nacimiento incluyendo la posibilidad de un billete de ida y vuelta para que una persona pueda viajar con el cadáver del asegurado fallecido en España.
  • Asistencia al empleo, ofreciendo apoyo, asistencia y asesoramiento relacionado con el ámbito laboral, incluyendo:
    • Línea telefónica de información especializada, asesoramiento jurídico laboral y orientación psicológica.
    • Orientación social
    • Sesiones de coaching
    • Elaboración del Currículum Vítae del asegurado
    • Alta del CV en portales de empleo
    • Defensa jurídica y reclamación en el ámbito laboral
    • Consultas psicológicas presenciales
 
  • Segunda opinión Médica, que permite que todo aquel que cuente con esta garantía dentro de su póliza de seguros de Expertia Familiar disponga de un informe de segunda opinión médica de enfermedades graves y de intervenciones quirúrgicas a través de la red de profesionales médicos del proveedor de servicios de asistencia sanitaria. Definiendo las enfermedades graves e intervenciones quirúrgicas cubiertas por la presente garantía:
    • Infarto de miocardio
    • Cirugía arterio-conoraria
    • Derrame o hemorragias e infarto cerebrales
    • Cáncer, Sida, Alzheimer, Parkinson
    • Insuficiencia renal
    • Transplante de órganos
    • Intervenciones quirúrgicas de cualquier tipo
 
  • Hospitalización y Parto, permite al asegurado que incluya esta garantía cubrir un subsidio por intervención quirúrgica y recibir una indemnización por parto.
  • Cursos por pérdida de puntos del permiso de conducir, si el asegurado sufre una pérdida de puntos en su permiso de conducir, le reembolsamos el importe del curso de recuperación, así como las tasas del correspondiente examen.
  • Asistencia informática, incluye la ayuda y soporte informático remoto o en el domicilio a los asegurados de decesos de Expertia Familiar, entre los que podemos encontrar las siguientes asistencias informáticas:
    • Asistencia informática remota
    • Servicio de asistencia a domicilio
    • Recuperación de información
    • Backup remoto
    • Control parental
    • Rastreo de ordenadores robados
    • Gestión del final de la vida digital
    • Descargas de software
 
  • Gestión de servicios Jurídicos, complementa las garantías del seguro de decesos con la asistencia y asesoramiento legal bajo los siguientes servicios adicionales:
    • Asesoramiento legal.
    • Redacción de documentos.
    • Reclamación en vía amistosa o extrajudicial de los derechos relativos a la vivienda.
    • Gestiones relativas a la herencia o la tramitación de prestaciones de organismos públicos.
    • Protección extrajurídica de hechos derivados de la circulación.
    • Asistencia personal al despacho de un abogado.
 
  • Protección de Pagos, la cual garantiza al asegurado de Expertia Familiar el pago de los recibos de la prima del seguro, bajo las condiciones definidas y pactadas en el contrato. La protección de pagos se realizará en los siguientes casos, dentro de los términos recogidos en el contrato:
    • Desempleo
    • Incapacidad temporal total por enfermedad o accidente
    • Hospitalización por accidente.


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