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¿Los accidentes causados por la realización de deportes se incluyen dentro de los seguros de accidentes?

¿Los accidentes causados por la realización de deportes se incluyen dentro de los seguros de accidentes?

Actualmente existen en el mercado muchas aseguradoras con una gran variedad de seguros y coberturas que se adaptan perfectamente a las necesidades de cada persona.
Existen pólizas casi para cualquier ámbito que necesitemos, desde seguros de viaje, mascotas, etc. También podemos asegurar nuestra salud y la de nuestra familia mediante seguros médicos o seguro de accidentes.
En el seguro de accidentes nos puede surgir la duda de si los accidentes causados por la actividad deportiva tienen cobertura en este tipo de accidentes.
En respuesta a esta cuestión debemos tener en cuenta que existen ciertas prácticas deportivas en las que la legislación española exige la contratación de un seguro, como puede ser los participantes de las carreras populares, marchas ciclistas o eventos deportivos en la vía pública.

La práctica deportiva de algunas actividades como pueden ser el tenis, la natación, gimnasia el paseo en bicicleta o senderismo suelen estar incluidos en las coberturas de los seguros de accidentes, siempre y cuando estas actividades deportivas se realicen como aficionado y fuera de competiciones.
Algunos deportes de más riesgo como pueden ser el esquí o la bicicleta de montaña pueden suponer un aumento en la prima del seguro y en algunos casos como el montañismo o el alpinismo su exclusión de la póliza.
Finalmente, si realizas algún deporte de riesgo o deportes extremos como por ejemplo paracaidismo, puenting, snowboard, parapentismo o buceo es necesario que contrates un seguro de accidentes específico y especial para este tipo de actividades deportivas ya que no son cubiertas por la mayoría de los seguros de accidentes.
Aunque los deportistas suelen gozar de buena salud es cierto que en algunas ocasiones pueden sufrir algunas lesiones que le pueden impedir seguir con su actividad normal diaria.
 
Por ello, si habitualmente practicas alguna actividad deportiva, aunque no estés obligado a contratar un seguro, deberías considerar el contratar alguna póliza que te cubra los accidentes provocados por alguna actividad deportiva.
No obstante, antes de contratar un seguro de accidentes es necesario consultarlas condiciones particulares que nos ofrece la compañía aseguradora en cuestión y las coberturas o garantías que incluye dicho seguro.
En este sentido, lo más importante si realizas alguna actividad deportiva es que tu seguro de accidentes cubra la incapacidad, es decir, que en el caso de sufrir algún accidente la compañía aseguradora te garantice una suma de dinero determinada.

Seguro de accidentes de Expertia Seguros

Si estás buscando un seguro de accidentes que cubra tus actividades deportivas y además incluya otras coberturas como pueden ser el fallecimiento por accidente, invalidez permanente absoluta o invalidez permanente parcial, Expertia Seguros ofrece a través de su seguro de decesos Expertia Familiar, un seguro de accidentes que garantiza la indemnización del capital asegurado a las personas designadas por el asegurado, todo ello con los mejores estándares de calidad y con facilidades de pago.

Es por eso que Expertia Seguros consciente de las actuales necesidades del mercado ha creado un seguro de accidentes con las siguientes coberturas:
  • Fallecimiento por accidente, en el caso de fallecimiento del asegurado se obtendrá el 100% del capital asegurado.
  • Invalidez Permanente Absoluta por un accidente, referido a la situación física permanente e irreversible provocada por un accidente determinante de la total incapacidad del asegurado para el mantenimiento de cualquier relación laboral o para el desarrollo permanente de cualquier actividad profesional.
  • Invalidez Permanente Parcial por un accidente, referido a la pérdida anatómica o la disminución funcional total o parcial de carácter permanente provocada por accidente, de cualquier órgano o miembro o de las facultades del asegurado cuya intensidad, y cuya recuperación no se estime previsible de acuerdo con el dictamen de los peritos. 


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